Con la denominación de Asociación Sordoceguera Comunidad de Madrid ASOCEMAD , se constituye una entidad sin ánimo de lucro, al amparo del artículo 22 CE, que se regirá por la Ley Orgánica 1/2002, de 22 de marzo reguladora del derecho de asociación y normas concordantes y las que en cada momento le sean aplicables y por los Estatutos vigentes.
Fines.
La Asociacion tiene como fines:
- La atención y el apoyo a las personas con sordoceguera y a sus familias.
- Fortalecer la red social de la asociación, dónde se pueda ir dando repuesta a las necesidades de los afectados.
- Fomentar el conocimiento entre afectados, padres, asociaciones, profesionales e instituciones.
- La consideración de la sordoceguera como una prioridad para su estudio en la salud pública.
- Trabajar para la normalización de la sordoceguera a nivel educativo, laboral y social.
- Crear un censo de personas con sordoceguera.
- Fomento de los profesionales especializados: mediadores en sordoceguera y guías-interpretes para personas con sordoceguera.
Actividades
Para el cumplimiento de estos fines, se realizarán las siguientes actividades:
- Formación a personas con sordoceguera, padres, voluntarios y profesionales
- Impulsar investigaciones, estudios y trabajos para el tratamiento y atención de las personas con sordoceguera.
- Incorporarse a confederaciones, federaciones, asociaciones y entidades dedicadas a fines similares.
- En general, valerse de cualquier otro medio análogo al objeto de cumplir sus fines.
Los beneficios eventualmente obtenidos por el desarrollo de estas actividades, se dedicarán a realizar otras de la misma naturaleza, conforme a los fines sociales.
Domicilio social.
La Asociación establece su domicilio social en: C/ Illescas, Nº 46, Piso 12-3 Localidad Madrid CP 28024
Ámbito Territorial.
El ámbito de actuación en el que se desarrollarán principalmente las actividades de la Asociación será el del territorio de la Comunidad de Madrid.